Regulaciones actualizadas de importación/exportación de productos químicos en México 

El pasado 14 de marzo, el gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la edición del 14/03/2024.

Esta publicación modifica diversas disposiciones que establecen los bienes cuya importación y exportación están sujetas a la regulación de los organismos que conforman la Comisión Intersecretarial de Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST), publicada previamente en el DOF el 26/12/2020.

Entre las modificaciones, destacan:

Adición de la definición: “PROFEPA: La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente”.

Inclusión de una lista de productos sujetos a verificación del registro por parte de la PROFEPA.

El DOF del 14/03/2024 entró en vigor el pasado 14 de abril de 2024. ara consultar esta regulación, acceda aquí.

Fuente original: https://www.gpcgateway.com/common/news_details/MTQ3Mw/Mjg/TWV4aWNv

Senado Brasileño aprueba el Proyecto de Ley 6120/2019 que crea el Inventario Nacional de Sustancias Químicas 

El 15 de octubre, el Senado Brasileño aprobó el Proyecto de Ley (PL) 6120/2019, que establece el Inventario Nacional de Sustancias Químicas. Ahora, el proyecto sigue hacia el Poder Ejecutivo para la sanción final. 

Este PL introduce un nuevo requisito para los fabricantes e importadores: aquellos que produzcan o importen sustancias industriales en cantidades iguales o superiores a una tonelada por año (≥ 1 tonelada/año) deberán realizar una notificación a las autoridades competentes. Esta medida es esencial para mejorar el monitoreo y la gestión de estas sustancias en Brasil, garantizando mayor seguridad ambiental y protección de la salud pública. 

Según el PL actualmente en trámite, la información que debe incluirse en el proceso de notificación es¹: 

  1. Datos de identificación del productor o importador de la sustancia química; 
  1. Cantidad anual de producción e importación de la sustancia química; 
  1. Identificación exacta de la sustancia química, incluido el número CAS (Chemical Abstracts Service) o IUPAC (International Union of Pure and Applied Chemistry), cuando exista; 
  1. La clasificación de peligro según el GHS (Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos), conforme a la norma brasileña vigente; 
  1. Los usos recomendados de la sustancia química. 

 ¹ La información listada fue actualizada con posterioridad a la fecha original de publicación. 

Adicionalmente, el 10 de septiembre de 2024, se lanzó el Proyecto de Gestión Adecuada de Sustancias Químicas en Brasil. Esta iniciativa busca establecer un sistema nacional para controlar la producción, importación, exportación y uso de sustancias químicas, promoviendo una gestión más responsable y sostenible en el país. 

Anvisa publica Instrucción Normativa que actualiza listas de aditivos alimentarios y coadyuvantes autorizados para uso en alimentos

El 2 de mayo de 2023, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) la Instrucción Normativa (IN) N° 297, acompañada de cuatro anexos que incluyen modificaciones y adiciones a las listas de funciones de aditivos alimentarios y coadyuvantes autorizados para uso en alimentos.

Entre los cambios, destacan las siguientes actualizaciones, que entrarán en vigor el 3 de junio de 2024:

  • Anexo I: Modificación en la lista de funciones tecnológicas de los aditivos alimentarios, incluyendo el Aromatizante/Aroma, según lo especificado en el Anexo I de la Instrucción Normativa – IN nº 211, de 2023.
  • Anexo II: Modificaciones en la lista de aditivos alimentarios autorizados para uso en alimentos y sus respectivas funciones tecnológicas. Estas actualizaciones incluyen la incorporación de aditivos en productos como:
    • Dulce de leche
    • Coberturas y jarabes para productos de panificación y galletas, productos de confitería, postres, helados, caramelos, bombones, chocolates y similares, así como baños de confitería
    • Sopas y caldos
    • Salsas emulsionadas (incluidas las salsas a base de mayonesa).

Estos cambios están detallados en el Anexo II, que también establece los límites máximos y condiciones de uso, conforme a lo estipulado en el Anexo III de la Instrucción Normativa – IN nº 211, de 2023.

  • Anexo III: Inclusión de nuevos aditivos alimentarios autorizados para uso en alimentos y sus respectivas funciones tecnológicas. Esta actualización abarca productos como:
    • Crema de leche esterilizada
    • Helados
    • Jugos, néctares, pulpa de fruta, jugo tropical y agua de coco
    • Preparaciones de frutas y/o semillas (incluidas coberturas y rellenos) para uso en otros productos alimenticios (excepto pulpa de fruta)
    • Confites, turrones, mazapanes, pasta de semillas comestibles
    • Azúcares
    • Cervezas y bebidas no alcohólicas a base de soja.

Estas inclusiones también están acompañadas de límites máximos y condiciones de uso conforme a lo especificado en el Anexo III de la Instrucción Normativa – IN nº 211, de 2023.

  • Anexo IV: Adición de coadyuvantes tecnológicos junto con sus respectivas funciones tecnológicas, como:
    • Azúcares
    • Colágeno y gelatinas.

Los límites máximos y condiciones de uso de estos coadyuvantes están detallados en el Anexo IV.

Estas actualizaciones tienen como objetivo proporcionar mayor claridad y seguridad en el uso de aditivos alimentarios y coadyuvantes tecnológicos, garantizando el cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes.

Para acceder a la Instrucción Normativa completa, haga clic aquí.

ANVISA prohíbe lotes de fórmula infantil

La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) determinó la prohibición de seis lotes de fórmula infantil en polvo de un fabricante estadounidense.

La medida fue tomada tras una notificación emitida por la agencia reguladora estadounidense U.S. Food and Drug Administration (FDA) sobre una posible contaminación con Cronobacter sakazakii.

Las bacterias del género Cronobacter spp, provocan infecciones en humanos, especialmente en recién nacidos. Entre las infecciones más comunes causadas por estas bacterias se encuentran la meningitis y la enterocolitis necrosante, además de la posibilidad de bacteriemia y septicemia. Hasta el momento, no se han confirmado casos de infecciones asociadas al consumo de estos lotes del producto.

De acuerdo con la Ley N° 11.265, de 3 de enero de 2006, artículo 3, inciso XVIII, las fórmulas infantiles para lactantes son todo producto en forma líquida o en polvo destinado a la alimentación de lactantes hasta el sexto (6°) mes de vida, bajo prescripción, como sustituto total o parcial de la leche materna o humana, con el fin de satisfacer las necesidades nutricionales de este grupo etario.

Los estándares microbiológicos de las fórmulas infantiles en polvo para lactantes están determinados en el ítem 13.a de la Instrucción Normativa (IN) N° 161, de 1 de julio de 2022.

La publicación de la medida preventiva se realizó en el Diário Oficial da União el 12 de enero de 2024, a través de la Resolución (RE) N° 100, de 10 de enero de 2024. Dicha Resolución prohíbe la importación, comercialización, distribución y uso de estos lotes en el país. Entre los países mencionados por la FDA a los que se exportaron estos productos, Brasil no figura en la lista.

ANVISA recomienda a los consumidores verificar el número de lote impreso en la etiqueta. Los productos pertenecientes a los lotes retirados no deben ser utilizados ni ofrecidos para el consumo de bebés.

Para leer la RE N° 100/24 en su totalidad, haga clic aquí. Para leer el artículo completo, haga clic aquí.

ANVISA abre Consulta Pública sobre materiales de silicona en contacto con alimentos

El 21 de febrero de 2024, la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (ANVISA) llevó a cabo su 1ª Reunión Ordinaria Pública de la Dirección Colegiada de este año. Entre los temas discutidos, se abordó la regulación de los requisitos sanitarios para materiales de silicona en contacto con alimentos.

Con el objetivo de mantener la convergencia con los estándares internacionales y garantizar la seguridad de los consumidores, ANVISA dispensó el Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) y abrió el Proceso Administrativo de Regulación, incluyendo una Consulta Pública para actualizar el marco regulatorio de estos materiales. Esta medida busca asegurar la protección de la salud pública ante los posibles riesgos asociados.

La silicona, ampliamente utilizada en la industria alimentaria debido a sus propiedades versátiles y duraderas, ha sido objeto de estudios recientes que han generado preocupaciones sobre la migración de ciertos compuestos presentes en algunos tipos de silicona hacia los alimentos. La toxicidad de la silicona en contacto con alimentos es una preocupación creciente entre especialistas de seguridad alimentaria y salud pública. Compuestos como ftalatos y organoestánnicos se han relacionado con efectos adversos en la salud, incluidos trastornos hormonales, problemas en el desarrollo e incluso cáncer.

El Término de Apertura de Proceso (TAP) N° 3 de 28/02/2024 detalla el progreso del proceso y las nuevas regulaciones. Se establecerán límites máximos para la migración de sustancias tóxicas de la silicona hacia los alimentos, además de medidas estrictas de control y fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas por parte de fabricantes e importadores.

La Consulta Pública N° 1.235, de 26 de febrero de 2024, estará abierta hasta el 25/04/2024 para el envío de comentarios y sugerencias sobre el texto de la propuesta de Resolución de la Dirección Colegiada, que establece los requisitos sanitarios aplicables a las siliconas utilizadas en materiales, envases, recubrimientos y equipos destinados a entrar en contacto con alimentos.

Para acceder a la Consulta Pública y enviar sus comentarios y sugerencias, haga clic aquí.