El Ministerio de Transporte de Colombia sometió a consulta pública un proyecto de decreto que pretende sustituir íntegramente la Sección 8 del Decreto 1079 de 2015, actualmente encargada de reglamentar el transporte por carretera de mercancías peligrosas en el país. Como el texto aún no es oficial, el proyecto puede ser objeto de modificaciones e incorporar o eliminar obligaciones. Por lo tanto, las disposiciones descritas en este artículo representan únicamente cambios propuestos, mientras continúa vigente el texto actual del Decreto 1079 de 2015.
El plazo de la consulta pública finalizó el 4 de agosto de 2026. Sin embargo, hasta 26 de agosto de 2026, el Decreto aún no se había publicado.
Solo después de la publicación del Decreto y del cumplimiento del período de transición previsto podrán surgir nuevas obligaciones. Si se aprueba el texto, Colombia tendrá una amplia modernización de las normas aplicables a la clasificación, documentación, embalaje, identificación y operación del transporte por carretera de mercancías peligrosas.
¿Por qué se está actualizando la reglamentación?
La reglamentación colombiana vigente todavía se deriva, en gran medida, del Decreto 1609 de 2002. En la memoria justificativa del proyecto, el Ministerio reconoce que este modelo está desactualizado frente a los avances tecnológicos, las operaciones logísticas actuales y las versiones más recientes de las Recomendaciones de la ONU para el Transporte de Mercancías Peligrosas.
El proyecto busca armonizar la legislación colombiana con el Libro Naranja (Orange Book) de la ONU, el Manual de Pruebas y Criterios y el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos – SGA/GHS, ya adoptado en el país mediante el Decreto 1496 de 2018.
Principales cambios previstos
Aplicación más directa de los criterios de la ONU y del SGA
El proyecto reconoce expresamente las Recomendaciones de la ONU y el Manual de Pruebas y Criterios como referencias para la clasificación y el transporte de mercancías peligrosas.
También crea un Anexo Técnico 2 destinado a actualizar y consolidar normas colombianas antiguas. A continuación, se presentan sus principales aspectos:
- clasificación para el transporte;
- embalajes y recipientes;
- marcado y etiquetado;
- señalización de los vehículos;
- acondicionamiento, estiba y sujeción de la carga;
- equipos para emergencias;
- capacitación de las personas involucradas;
- cantidades limitadas, cantidades exceptuadas y otros supuestos de exención.
La FDS pasa a ocupar una posición central en el transporte
La reglamentación vigente todavía utiliza la Tarjeta de Emergencia como documento operativo de referencia. La propuesta establece la Ficha de Datos de Seguridad (FDS), estructurada en 16 secciones y elaborada de conformidad con el Decreto 1496 de 2018 y la Resolución 773 de 2021.
Entre los aspectos importantes, la FDS deberá estar en español, acompañar el transporte en formato físico o digital y estar inmediatamente disponible para el conductor. Asimismo, se crea la obligación de ponerla a disposición del transportador con al menos cinco días de antelación.
Certificación obligatoria de embalajes y recipientes
Uno de los cambios de mayor impacto es la creación de un procedimiento más objetivo para certificar los embalajes y recipientes destinados a mercancías peligrosas.
La certificación deberá ser expedida por un organismo de certificación de productos acreditado por la ONAC conforme a la norma ISO/IEC 17065, o por un organismo de acreditación extranjero signatario de los acuerdos internacionales aplicables. Los ensayos deberán ser realizados por laboratorios acreditados conforme a la norma ISO/IEC 17025, teniendo en cuenta la NTC 6467, el Manual de Pruebas y Criterios de la ONU u otra referencia equivalente admitida.
Inclusión de cantidades limitadas y exceptuadas
La propuesta incorpora dos regímenes distintos previstos en las Recomendaciones de la ONU: las cantidades limitadas, identificadas en la columna 7a, y las cantidades exceptuadas, identificadas mediante los códigos E0 a E5 de la columna 7b.
Las cantidades exceptuadas abarcan cantidades internas extremadamente pequeñas y dependen del cumplimiento de las condiciones del capítulo 3.5 del Libro Naranja, incluidos el embalaje combinado, el marcado específico y la comprobación de los ensayos aplicables.
En Brasil, la Resolución ANTT n.º 5.998/2022 regula únicamente las cantidades limitadas por embalaje interior y por vehículo. El régimen de cantidades exceptuadas de la ONU no se incorporó a la reglamentación brasileña del transporte por carretera. Por lo tanto, el cumplimiento de las normas brasileñas sobre cantidades limitadas no acreditará automáticamente el cumplimiento de la futura norma colombiana.
Formalización de las obligaciones en el RNDC y el SISCONMP
El RNDC (Registro Nacional de Despachos de Carga) ya se utiliza en Colombia para registrar operaciones con mercancías peligrosas. El proyecto no crea este sistema, pero propone asignar al remitente el diligenciamiento de la remesa en el transporte público y hacer obligatorio el registro antes del viaje en el transporte privado, ampliando la trazabilidad de cada operación.
La propuesta también refuerza la verificación del conductor en el SISCONMP (Sistema de Información de Conductores que Transportan Mercancías Peligrosas). En el caso de las importaciones, dado que el texto no aclara el acceso de los remitentes extranjeros al RNDC, el registro deberá coordinarse con el importador, la empresa transportadora o el operador local, utilizando la información técnica suministrada por el exportador. Estos cambios aún no están vigentes.
Mayor detalle de las responsabilidades de la cadena
Aunque la reglamentación vigente ya contempla diversas obligaciones, el proyecto reorganiza y detalla las responsabilidades del remitente, el destinatario, el transportador, el conductor y el propietario o tenedor del vehículo. Entre los principales aspectos se encuentran:
- Plan de Capacitación y Entrenamiento (PCE), con capacitación periódica anual;
- procedimientos para la carga, descarga y atención de emergencias basados en la FDS;
- integración con el Plan Estratégico de Seguridad Vial;
- lista de verificación antes de cada viaje;
- plan de contingencia y kit para atender pérdidas de derrame;
- verificación de la capacitación y del registro del conductor en el SISCONMP;
- segundo conductor cuando el recorrido supere los límites máximos de la jornada laboral.
A pesar del mayor nivel de detalle, la aplicación práctica de algunas responsabilidades todavía no está del todo clara. El proyecto no establece expresamente cómo se cumplirán las obligaciones del remitente cuando este se encuentre establecido fuera de Colombia, ni si deberán ser asumidas por el importador, el transportador o el operador logístico local y, en caso afirmativo, en qué situaciones. Dado que el texto todavía se encuentra en fase de proyecto, podrá ser objeto de ajustes antes de su publicación, y es probable que algunos procedimientos deban desarrollarse posteriormente mediante resoluciones, circulares, manuales operativos u otros actos complementarios.
Cómo puede Intertox apoyar a su empresa
El cumplimiento normativo de los productos químicos en diferentes mercados exige más que la traducción de documentos. Cada país cuenta con criterios propios de clasificación, FDS, etiquetado, embalajes, transporte, almacenamiento y responsabilidades de los integrantes de la cadena.
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Además, apoyamos a las empresas en la evaluación de escenarios normativos específicos mediante proyectos de consultoría técnica y la elaboración de conceptos técnicos. Estos trabajos pueden comprender la interpretación y aplicación de la legislación a productos, procesos y situaciones particulares; el análisis de los requisitos normativos aplicables; la evaluación de diferentes escenarios de clasificación regulatoria; y la identificación de las medidas necesarias para cumplir las exigencias aplicables.
Los conceptos técnicos también pueden utilizarse para documentar técnicamente la interpretación adoptada por la empresa, respaldar decisiones relacionadas con la comercialización, importación, exportación, transporte, almacenamiento y uso de productos químicos, y brindar mayor seguridad en la toma de decisiones.